Obtención del certificado de competencia profesional para el transporte
El Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera, entró en vigor al dia siguiente de su publicación en el BOE, pero no será hasta el 1 de julio de 2020 cuando se comiencen a aplicar los cambios para la obtención del certificado de compertencia profesional para el transporte, tanto para mercancías como para viajeros.
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Para su obtención se requiere estar en posesión de unos estudios mínimos: título de bachiller o equivalente, título de técnico ó técnico superior, acreditativo de haber superado las enseñanzas de formación profesional de grado medio o grado superior, o cualquier título acreditativo de haber superado enseñanzas universitarias de grado o postgrado.
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El examen será escrito y por medios electrónicos, y durará 2 horas. Se realizará utilizando la aplicación informática y el banco de preguntas y supuestos de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento.
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La primera prueba consistirá en contestar 200 preguntas que tendrán cuatro respuestas alternativas. Cada respuesta correcta puntuará 1 punto y las erróneas restarán 0,5 puntos. La segunda prueba consistirá en cuatro supuestos prácticos con ocho respuestas alternativas. El supuesto realizado correctamente se puntuará con 50 puntos y el erróneo restarán 25 puntos. Para que el examen sea considerado apto deberá sacarse una puntuación mínima de 100 en cada una de las partes.
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El programa del examen versará sobre las materias especificadas en el anexo I del Reglamento (CE) 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera.
Recuerda que estos cambios para la obtención del certificado de competencia profesional no se aplicarán hasta el 1 de julio de 2020.
Puedes visualizar el Real Decreto completo en el BOE en el siguiente enlace:
Fuente: BOE
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