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Hoy os dejamos unos casos prácticos para preprar el examen de capacitación profesional de la especialidad de transporte por carretera de viajeros. Estos casos prácticos corresponden al tema «Gestión comercial y financiera de la empresa», por lo que son perfectos para complementar las preguntas de examen que os dejamos sobre el mismo tema.

Casos prácticos sobre Gestión comercial y financiera de la empresa:

¿Cuál será el timbre de una letra de cambio por un importe nominal de 225.379,84 euros, con fecha de libramiento 16-1-2007 y de fecha de vencimiento 16-5-2007? NOTA: Las letras, cuando su importe excede de 192.323,87 euros, el exceso debe timbrarse a razón de 0,02 euros por cada 6,01 euros o fracción. El importe del timbre hasta 192.323,87 euros, es de 538,51 euros.

SOLUCIÓN: 648,53 euros.

EXPLICACIÓN:

  • 225.379,84 – 192.323,87 = 33.055,97 euros (exceso)
  • 33.055,97: 6,01 = 5.500,16 (la fracción se convierte en unidad) = 5.501 euros
  • 5.501 X 0,02 = 110,02 euros (timbre del exceso)
  • 538,51 + 110,02 = 648,53 euros (Timbre total de la Letra de Cambio)»

Una letra de cambio con vencimiento el 28 de diciembre de 2006, el librador establece que habrá de presentarse a la aceptación antes del 15 de septiembre del mismo año, se presenta a la aceptación del librado el 8 de septiembre de 2006, negándose éste a aceptarla ¿Qué debe hacer el tomador de la letra?

SOLUCIÓN: Protestar la letra ante el notario.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culos 49 y 51

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

En una letra de cambio no figura el domicilio del pago, en cambio figuran los domicilios del librador y del librado. ¿Es válida esta letra? y, caso de ser válida ¿En qué domicilio se efectuará el pago?.

SOLUCIÓN: La letra es válida y el domicilio en que se efectuará el pago será el domicilio del librado.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 2

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

¿Es válida una letra de cambio en la que no figura la denominación letra de cambio inserta en la misma, pero que contiene todos los demás elementos necesarios para su validez?.

SOLUCIÓN: No es válida.

EXPLICACIÓN: Al ser la expresión «Letra de Cambio», un requisito esencial.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 2

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

¿Se puede endosar una letra de cambio parcialmente? y, en caso afirmativo, ¿qué efectos tendrá la letra por la parte no endosada?.

SOLUCIÓN: No se puede endosar la letra parcialmente por lo que dicho endoso será nulo.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 15

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

Se emite un pagaré en el que consta, aparte de la mención pagaré, la promesa de pagar una cantidad de dinero determinada en el propio pagaré, el lugar del pago, el de la persona a quien ha de pagarse, la fecha y lugar en que se firma el pagaré y la firma de quien lo emite, pero no consta la fecha del pago. ¿Puede considerarse válido el pagaré que adolece de este defecto?.

SOLUCIÓN: Es válido y se considerará pagadero a la vista.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 95.a

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

El transportista X realiza un transporte internacional con destino a Bruselas. A la llegada a destino se le paga con un cheque. ¿Qué plazo tiene el transportista para presentarlo al pago en España?.

SOLUCIÓN: 20 dí­as.

EXPLICACIÓN: El cheque emitido en Europa y Pagadero en España, tiene un plazo de 20 dí­as, para su presentación al cobro.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 135

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

Una letra de cambio aceptada por el librado y con vencimiento el dí­a 15 de Julio de 2007 se presenta al cobro el dí­a primero de Agosto de 2007. ¿Se han perjudicado en algún sentido los derechos que asistí­an al tomador?

SOLUCIÓN: Sí­, el tomador pierde las acciones en ví­a de regreso contra el librador y los endosantes, aunque conserva la acción directa contra el aceptante.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

En una letra de cambio aparece la firma de un avalista sin especificar la persona avalada. ¿Qué trascendencia jurí­dica tiene la firma del avalista?. ¿Se puede entender que se avala a alguien?.

SOLUCIÓN: Se entiende que la persona avalada es el librado aceptante y a falta de éste, el librador.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 36

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

Don Carlos F F compró el dí­a 1 de agosto de 2007 una nevera en una tienda de electrodomésticos, quedando pendientes de pago 390,66 euros. Se emite en los locales del comercio donde se efectúa la compra una letra de cambio pagadera a 25 dí­as desde la fecha de emisión sin expresar el lugar del pago. ¿Cuándo vence la letra de cambio?. ¿Dónde se hará el pago?.»

SOLUCIÓN: Vence el dí­a 26 de agosto de 2007 y el pago se efectuará en el domicilio de D. Carlos F F.

EXPLICACIÓN: A falta de lugar de pago en la Letra de Cambio, se entiende este en el domicilio del Librado.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 2.b

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

Don Manuel G.F. emite una letra de cambio el 12 de enero de 2007, con vencimiento a noventa dí­as por un importe de 901,52 euros. En la letra figura la cláusula «»sin gastos»». Cuando es presentada al librado para su pago éste se niega al pago. ¿Debe levantarse protesto como requisito previo al ejercicio de la acción de regreso?»

SOLUCIÓN: No, porque figura la cláusula «sin gastos».

EXPLICACIÓN: Si el Tomador quisiera levantar protesto, podrí­a hacerlo, pero no repercutir dicho gasto, ya que no es necesario, este acto para ir a la Acción de Regreso, con una letra «sin gastos».

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 55

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

Doña Consuelo C. CH. estampa su firma en una letra de cambio como representante de otra persona sin expresar quien sea el representado. Cuando llega la fecha del pago la letra no se hace efectiva. ¿Quién quedará obligado a su cumplimiento, el representante Sra. Consuelo o su representado?.»

SOLUCIÓN: La Sra. Consuelo.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 10

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

Un cheque extendido en Vitoria el dí­a 15 de octubre de 2007, para ser cobrado el dí­a 10 de noviembre siguiente, el dí­a 5 de noviembre se presenta el cheque al cobro. En caso de tener suficiente provisión de fondos, ¿deberá el librado proceder al pago?»

SOLUCIÓN: Sí­, el cheque es pagadero a la vista.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 134

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

En una letra de cambio emitida el dí­a 18 de abril figura como librador Dña Castillo C. con domicilio en Gran Ví­a nº 20 de Madrid con vencimiento a 60 dí­as desde la fecha la emisión. En la letra no figura el lugar de emisión. ¿Es válida la letra aunque no figure el lugar de emisión?, en caso de ser válida ¿donde se entiende que ha sido emitida?.

SOLUCIÓN: La letra es válida y se entiende emitida en el domicilio de Dña Castillo.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 2.c

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

En un cheque al portador aparece como avalista el banco que a la vez es el librado. ¿Es correcta esta situación?, ¿Por qué?.

SOLUCIÓN: No, porque el librado en un cheque no puede ser a la vez avalista.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 131

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

Una letra de cambio por valor de 1.502,53 euros aparece librada el dí­a 15 de marzo de 2006, sin que aparezca la fecha de vencimiento. El tomador la presenta el cobro el dí­a 1 de abril de 2007. El librado se niega al pago alegando que no dispone de fondos para atender el mismo. ¿Puede ejercitarse un juicio cambiario para el cobro de esta letra?.»

SOLUCIÓN: No, porque se ha presentado al cobro transcurrido más de un año desde la fecha de emisión.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 39

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

Don Pedro Hurtado con domicilio en la calle Velazquez 7, de Madrid, emitió una letra de cambio por importe de 150,25 euros, figurando como librado Doña Luisa Moncho con domicilio en Plaza de América nº 28, de la misma ciudad. En el momento de querer hacer efectiva la letra de cambio se dan cuenta que no figura el lugar donde debe hacerse el pago,

  • 1º ¿dónde deberá efectuarse el pago?.
  • 2º ¿se podrá utilizar un juicio cambiario caso de no hacerse efectivo?.» «

SOLUCIÓN:

  • 1º El domicilio del pago será el domicilio del librado, Doña Luisa,
  • 2º No podrá utilizarse la ví­a ejecutiva por ser su importe inferior a 300,51 euros.»

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 2

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

Una letra que ha sufrido dos endosos se pretende endosarla al librado aceptante. ¿Es esto posible? y, si se pretendiera endosarla al librador, ¿serí­a lí­cito?.

SOLUCIÓN: Sí­, se admite que se pueda endosar tanto al librado como al librador.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 14

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

Una letra de cambio contiene la cláusula «»sin gastos»». Cuándo se presenta al cobro no es pagada, y el tenedor levanta el protesto oportuno. ¿Quién debe pagar los gastos del protesto?, ¿Por qué?.»

SOLUCIÓN: El que presenta al protesto la letra puesto que la cláusula «sin gastos», significa que el protesto no es necesario.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 56

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

Una letra de cambio es emitida el 17 de marzo del 2007, por un importe de 901,51 euros para ser pagada el 17 de junio del mismo año. En la letra no figura la cláusula «»sin gastos»». Cuando se presenta al pago, el librado entrega 300,51 euros, ¿Debe negarse el tenedor a aceptarlas?, ¿Qué actuaciones debe ejercitar el tenedor de la letra?»

SOLUCIÓN: No puede negarse a aceptar el pago parcial y deberá protestar la falta de pago por la cantidad que resta.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 45

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985

En una letra de cambio figura escrita en número la cantidad de 1.622,73 euros y en letra la cantidad de mil quinientos sesenta y dos con sesenta y tres. ¿Qué cantidad debe pagarse? ¿Por qué?.

SOLUCIÓN: 1.562,63 euros que es la que figura en letra.

EXPLICACIÓN: Prevalecen las cantidades en letra sobre las cantidades en número, cuando estas no coinciden.

LEY NORMA: Ley 19/1985, 16-7-85 Artí­culo 7

LEY ABREVIADA: LEY 19/1985