tunel

Cada paí­s de la Unión Europea deberí­a haber clasificado sus túneles respecto a las restricciones de mercancí­as peligrosas antes de que finalizara el 2009, es decir, el pasado 31 de diciembre todos los túneles europeos deberí­an haber estado clasificados, pero aún no se ha publicado información de que ello haya ocurrido.

La información que deberí­a aparecer en los túneles es la prohibición que corresponde a cada uno de ellos, también serí­a necesario colocar la señalización adecuada y publicar la información relativa a la prohibición. La clasificación se hace según tres tipos de peligros, explosiones, fugas de gas tóxico o lí­quido tóxico o incendios:

  • A- Sin restricciones al transporte de mercancí­as peligrosas.
  • B- Restricciones al transporte de mercancí­as peligrosas susceptibles de provocar una explosión muy importante.
  • C – Restricciones al transporte de mercancí­as peligrosas susceptibles de provocar una explosión muy importante, importante o una fuga importante de materias tóxicas.
  • D – Restricciones al transporte de mercancí­as peligrosas susceptibles de provocar una explosión muy importante, importante o una fuga de materias tóxicas o un incendio importante.
  • E – Restricción al transporte de cualquier tipo de mercancí­as peligrosas salvo los números ONU 2919, 3291, 3331, 3359 y 3373.

Para la IRU (International Road Transport Union) esta falta de información en los túneles conlleva posibles distorsiones en el mercado, ya que los paí­ses que no hayan clasificado sus túneles se beneficiarí­an de una ventaja de mercado frente a los que sí­ lo han hecho. Además cuando las empresas dedicadas al transporte planifican los viajes les fundamental conocer estos datos sobre túneles con restricciones en sus itinerarios.

Por este motivo la IRU pide que se retrase la fecha de entrada en vigor del ADR de 31 de diciembre de 2009 al 1 de julio de 2011, fecha en la que entrarí­a en vigor el nuevo ADR 2011

Fuente: Nexotrans