Ya se han hecho pública la lista de beneficiarios de las ayudas por abandono de la actividad de los transportistas autónomos.

El presupuesto de las ayudas en esta ocasión ascendí­a a los 42 millones de euros, y aunque podí­an solicitar las ayudas los transportistas autónomos con más de 58 años las ayudas se han condecido a transportistas con edades a partir de los 60 años, a los que se les han concedido ayudas por valores entre los 72.400 y los 30.000 euros.

Los beneficiarios de las ayudas por abandono de la actividad tendrán que presentar la siguiente documentación, antes del 31 de agosto, para poder cobrar las subvenciones:

  • Declaración responsable comprometiéndose al abandono definitivo de la actividad de transporte por carretera. (se remitirá por carta del Ministerio de Fomento modelo de renuncia).
  • Declaración responsable comprometiéndose a no utilizar el tí­tulo de capacitación profesional. (se remitirá por carta del Ministerio de Fomento modelo de renuncia).
  • Certificado de baja de la/s autorización/es de transporte, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente en el que se especifique como motivo de la baja la renuncia al ejercicio futuro de la actividad.
  • Renuncia definitiva al permiso de conducción para vehí­culos de más de 3.500 kg de MMA y/o autobuses o fotocopia compulsada del nuevo permiso de conducción expedido después de la renuncia.
  • Identificación de cuenta bancaria para el abono de la subvención concedida.
  • Asimismo, al haber transcurrido más de 6 meses desde la solicitud de las ayudas, se requerirá nuevamente aportar Certificado de inexistencia de deudas con la Seguridad Social y Hacienda.

Para comprobar los beneficiarios de las ayudas te puedes descargar la Orden FOM/2015/2011 de 30 de junio, por la que se otorgan las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad, reguladas por la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre.