Cada dos año se publica un nuevo ADR, que recoge el acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancí­as peligrosas por carretera, y el ADR 2009 ya ha sido editado por el Ministerio de Fomento, en su serie de normativas.

El nuevo texto ADR 2009 entró en vigor el 1 de enero, aunque contiene una disposición transitoria que permite utilizar el ADR 2007 hasta el 30 de junio, pero la fecha lí­mite en que ambos podí­an convivir está ya muy próxima, por lo que ya se empieza a hacer imprescindible conocer el nuevo texto, especialmente en el caso de los Consejeros de Seguridad.

Con esta nueva publicación dispositiva se enmienda a la versión del 2007, y hay importantes cambios entre ellas, en el nuevo texto del ADR se incluyen las variantes que las normativas internas de los Estados mantienen, y de este modo se asegura un marco reglamentario coherente a nivel europeo.

Las empresas que se verán más afectadas por este nuevo ADR son las que están relacionadas con la carga, descarga o el transporte de mercancí­as peligrosas, que además se tendrán que adaptar a esta nueva norma antes del 1 de julio.

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