Casos prácticos examen competencia profesional para el transporte de viajeros. El transportista como empresario mercantil (3ª parte)
Hoy os dejamos unos casos prácticos para preparar el examen de Capacitación Profesional para poder ejercer el transporte por carretera de viajeros. Los ejercicios corresponden al tema El transportista como empresario mercantil.
Casos prácticos sobre El transportista como empresario mercantil:
Una sociedad colectiva adquiere unas deudas de 300.000 euros. Una vez vendidos todos los bienes de la sociedad quedan por pagar 60.000 euros. La sociedad está constituida por tres socios que aportaron las siguientes cantidades: Socio 1: aportó 30.000 euros. Socio 2: aportó 18.000 euros. Socio 3: aportó 12.000 euros. ¿Qué cantidad se podrá reclamar como máximo al socio 2?
Solución: Se podrá reclamar la totalidad de la deuda, en este caso 60.000 euros, porque la responsabilidad de los socios es solidaria.
Explicación: La responsabilidad de los socios de una sociedad colectiva es personal, solidaria e ilimitada.
Ley norma: Código Comercio Artículo 127
Ley abreviada: CÓDIGO COMERCIO/1885
La sociedad Andrés, Juan y Pedro Sociedad en Comandita, está compuesta por Don Andrés y Don Juan como socios colectivos y 6 socios comanditarios más, entre los que se encuentra Don Pedro (que consintió que se pusiera su nombre en la razón social). Los 6 socios aportaron a la sociedad 6.000 euros cada uno. La sociedad adquiere unas deudas que ascienden a 288.000 euros una vez liquidados todos los bienes de la misma. El acreedor reclama 36.000 euros a cada uno de los socios comanditarios. ¿Es correcta esta petición respecto de los socios comanditarios? ¿es correcta la petición respecto a alguno de ellos? ¿por qué?
Solución: No es correcta respecto de los socios comanditarios porque éstos sólo responden con el capital aportado a la sociedad o con el que se comprometieron a aportar. Es correcta respecto de Don Pedro porque consintió que se pusiera su nombre en la razón social.
Explicación: Los socios comanditarios de una socieded comanditaria, responden de manera limitada al capital aportado, pero si un socio comanditario permite la inclusión de su nombre en la denominación social, éste, pasa a responder de manera ilimitada.
Ley norma: Código Comercio Artículo 147
Ley abreviada: CÓDIGO COMERCIO/1885
En una sociedad comanditaria, D. Juan R. que es socio comanditario decide incluir su nombre en la razón social junto a los demás socios colectivos. ¿Qué consecuencia se deriva de ello para el caso de responsabilidad por deudas?
Solución: Que D. Juan R. responderá por las deudas sociales ilimitadamente junto con los socios colectivos, o bien, no tendrá una responsabilidad limitada por las deudas sociales.
Explicación: Los socios comanditarios de una socieded comanditaria responden de manera limitada al capital aportado, pero si un socio comanditario permite la inclusión de su nombre en la denominación social, éste, pasa a responder de manera ilimitada, sin adquirir más derechos que los socios comanditarios.
Ley norma: Código Comercio Artículo 147
Ley abreviada: CÓDIGO COMERCIO/1885
Una sociedad comanditaria está compuesta por 3 socios colectivos y 2 comanditarios. ¿Responden de la misma forma de las deudas sociales? Razone la respuesta.
Solución: No, los socios colectivos responderán ilimitadamente y los comanditarios limitadamente.
Ley norma: Código Comercio Artículo 148
Ley abreviada: CÓDIGO COMERCIO/1885
En una sociedad comanditaria por acciones: 1º ¿A cargo de qué socios estará la administración de la sociedad? 2º ¿Qué ocurriría si aceptara la condición de administrador una persona que no sea socio colectivo?
Solución: 1º A cargo de los socios colectivos. 2º Que la persona que acepte el nombramiento (siendo socio comanditario), asumirá la condición de responsabilidad del socio colectivo (responde ilimitadamente).
Ley norma: Real Decreto Legislativo 1/2010, 02/07/10, Artículo 252
Ley abreviada: RD LEG. 1/2010
Una sociedad mercantil, de carácter personalista, que establece un sistema de responsabilidad subsidiaria de todos sus socios ante los acreedores para hacer frente a las deudas. ¿Qué tipo de sociedad es?
Solución: Una Sociedad Colectiva.
Explicación: Los socios en la sociedad colectiva, respoden de manera solidaria e ilimitada.
Ley norma: Código Comercio Artículo 127
Ley abreviada: CÓDIGO COMERCIO/1885
La sociedad mercantil, de carácter personalista, en la que coexisten socios que responden ilimitadamente de las deudas sociales y socios cuya responsabilidad es limitada, ¿se denomina?
Solución: Sociedad comanditaria.
Explicación: Los socios colectivos responden ilimitadamente y los comanditarios de manera limitada a la participación.
Ley norma: Código Comercio Artículo 148
Ley abreviada: CÓDIGO COMERCIO/1885
El transportista Ford quiere constituir una sociedad comanditaria unipersonal, por lo que redacta los estatutos por medio de escritura pública y los presenta en el Registro Mercantil para su inscripción. El Sr. Registrador le deniega la misma. ¿Por qué?
Solución: No es posible la constitución porque en estas sociedades tiene que haber un socio colectivo y un socio comanditario como mínimo.
Explicación: Se requiere un mínimo de dos socios para la constitución de la sociedad.
Ley norma: Código Comercio Artículo 116
Ley abreviada: CÓDIGO COMERCIO/1885
Tres hermanos deciden constituir una sociedad colectiva. Al cabo de los años uno de ellos se asocia con un grupo de amigos para constituir otra sociedad que se dedica a la misma actividad que la sociedad que constituyó con sus hermanos a lo que estos se oponen. ¿Por qué?
Solución: Porque un socio colectivo no puede dedicarse al mismo género de comercio que la sociedad colectiva a la que pertenece. Salvo que la sociedad dé autorización al mismo.
Explicación: Los socios de la sociedad colectiva, tienen una prohibición para ejercer la actividad mercantil fuera de la sociedad.
Ley norma: Código Comercio Artículos 136 y 137
Ley abreviada: CÓDIGO COMERCIO/1885
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