diez-centimos

Los beneficiarios del gasóleo profesional, como es el caso de los taxistas y los transportistas, están obligados a comunicar a la Agencia Tributaria, antes del próximo 31 de marzo del 2014, los kilómetros anuales del 2013.

La cantidad que será devuelta a los transportistas beneficiarios del Gasóleo Profesional será la diferencia del impuesto de hidrocarburos que se aplica al gasóleo de uso particular. Es decir cuando los transportistas repostan están pagando el impuesto que se aplica a los vehí­culos particulares, y es este impuesto es que Hacienda les devolverá.

Además la Agencia Tributaria también devuelve a los transportistas y taxistas el recargo autonómico del céntimo sanitario sobre los carburantes en las Comunidades Autónomas que han acordado su aplicación y devolución a dichos colectivos.

Así­ para este año 2014 devuelven el gravamen proveniente del céntimo sanitario recaudado a los transportistas y taxistas que consuman carburante en las Comunidades Autónomas de Madrid, Valencia, Baleares, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Cantabria, Extremadura, Galicia, Murcia, Asturias y lo más problable que también Cataluña una vez sean aprobada la Ley de presupuestos autonómicos para 2014, que actualmente se está tramitando, mientras que en Navarra, Aragón, Pais Vasco y La Rioja no tiene establecido recargo impositivo alguno sobre el carburante que se consumen en dichas regiones, en el caso de Canarias existe un régimen fiscal propio en materia de fiscalidad sobre los carburantes.

Andalucí­a será la única Comunidad española en la que cobrándose el céntimo sanitario no se le devolverá a transportistas y taxistas.