El Ministerio de Economí­a y Hacienda ya ha elaborado el Proyecto de Orden por la que se desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA (régimen de módulos) para 2015.

A partir de 2016, se reducirá el lí­mite máximo que permite acogerse al régimen de módulos, ya que éste se establecerá en una facturación anual en el año anterior de 150.000 euros (siempre que su facturación a empresas o profesionales no supere los 75.000). 2015 será el último año en el que se mantiene el lí­mite máximo de 300.000 euros de facturación en el año anterior para poder acogerse al régimen de módulos.

IRPF

Todas las actividades mantienen los mismos módulos de 2014. Los módulos de IRPF de las actividades de transporte de mercancí­as y de viajeros (721.1 y 721.3) quedarí­an así­:

  • Transporte de mercancí­as: 10.090,99 euros de personal no asalariado, 2.728,59 euros de personal asalariado y 126,21 de carga del vehí­culo.
  • Transporte de viajeros en autobús: 16.016,97 euros de personal no asalariado, 2.981,02 euros de personal asalariado y 121,40 de asiento del vehí­culo.

IVA

Los módulos del IVA de las actividades de transporte de mercancí­as y viajeros serí­an:

  • Transporte de mercancí­as: 4.149,99 euros de personal empleado y 388,55 de carga del vehí­culo.
  • Transporte de viajeros en autobús: 1.700,62 euros de personal empleado y 79,72 de cada asiento del vehí­culo.