Capacitación Profesional Transporte. Casos prácticos sobre Acceso al Mercado en el transporte de mercancías
Hoy os dejamos unos casos prácticos de examen para obtener la Capacitación Profesional de Transporte para el transporte de mercancías por carretera.
Los casos prácticos de hoy son sobre el tema Acceso al Mercado.
Algunos casos prácticos sobre Acceso al Mercado:
El transportista A. López con residencia en Zaragoza, y que no se encuentra inscrito en el RETIM, es titular de una autorización de transporte de mercancías por carretera MDP y quiere realizar transportes con Alemania. ¿Tiene, en principio, acceso a una licencia comunitaria y a su inscripción en el RETIM?
Solución: Sí, pues dispone de una autorización de transporte MDP para inscribirse en el RETIM.
Explicación: Para realizar transporte público internacional de mercancías por carretera en vehículos pesados hay que estar previamente inscritos en el RETIM y después obtener una licencia comunitaria que le habilite para realizar el transporte a Alemania.
Ley norma: OM 4-04-2000. Artículos 6, 7 y 12.
Ley abreviada: OM 4-04-2000
Un transportista quiere dedicarse al transporte internacional de mercancías por carretera en vehículo pesado dentro de la Unión Europea, ¿qué tipo de autorización necesita? ¿A quién debe solicitarla? ¿Dónde debe estar inscrito?
Solución: Necesita una licencia comunitaria. Debe solicitarla ante la Dirección General de Transportes Terrestres del Ministerio de Fomento. Debe estar inscrito previamente en el RETIM.
Explicación: Para realizar transporte público internacional de mercancías por carretera en vehículos pesados hay que estar previamente inscritos en el RETIM y después obtener una licencia comunitaria que le habilite para realizar el transporte en el ámbito de la Unión Europea.
Ley norma: OM 4-04-2000. Artículos 6, 7 y 12.
Ley abreviada: OM 4-04-2000
Un transportista es requerido por un organismo Internacional para realizar un transporte de mercancías por carretera de carácter humanitario a un país balcánico limítrofe con un país comunitario. De regreso aprovecha para realizar un transporte en vehículo pesado entre Holanda y España, ¿qué tipo de autorizaciones necesita para el viaje de ida y para el viaje de vuelta?
Solución: Para el transporte de carácter humanitario (viaje de ida) no necesita ninguna autorización. Para el transporte entre Holanda y España (viaje de vuelta) necesita una licencia comunitaria.
Explicación: El transporte de carácter humanitario está liberalizado y el transporte internacional de mercancías en vehículo pesado necesita la licencia comunitaria en el seno de la Unión Europea.
Ley norma: OM 4-04-2000. Artículo 6 y Disposición Adicional Única.
Ley abreviada: OM 4-04-2000
Una empresa española con autorizaciones de transporte privado complementario por carretera, contrata los servicios de una cabeza tractora a una empresa de transportes para trasladar mercancías a Francia. En un control en las carreteras francesas se denuncia al vehículo por carecer de Autorización internacional. El transportista alega que por tratarse de mercancías propias está exento de la necesidad de poseer la licencia comunitaria, ¿está en lo cierto el transportista?
Solución: No, puesto que la cabeza tractora no pertenece a la empresa propietaria de las mercancías.
Explicación: El transporte privado complementario está liberalizado en el seno de la Unión Europea, pero aquí nos encontramos con un caso de servicio público.
Ley norma: Reglamento (CE) 1072/2009, 21-10-2009. Artículo 1.5.d)
Ley abreviada: REGLAMENTO (CE) 1072/2009
Una empresa no italiana poseedora de licencia comunitaria realiza transporte entre dos puntos de Italia, ¿es legal dicho transporte o debe poseer autorización de cabotaje?
Solución: Es legal este transporte sin necesidad de permiso de cabotaje.
Explicación: El cabotaje es legal, pero también hay que conocer y cumplir las condiciones que impone la legislación italiana para la realización de este tipo de transporte.
Ley norma: Reglamento (CE) 1072/2009, 21-10-2009. Artículos 8 y 9.
Ley abreviada: REGLAMENTO (CE) 1072/2009
Un transportista es titular de una licencia comunitaria y de una autorización multilateral de la CEMT o ITF (International Transport Forum) de transporte internacional de mercancías por carretera, ¿cuáles son sus plazos de validez? ¿Cuáles son los plazos para solicitar la renovación de las dos?
Solución: La licencia comunitaria tiene una validez de hasta 10 años. Hay que solicitar su renovación al menos 2 meses antes de su vencimiento. La autorización multilateral de la CEMT tiene una validez de 1 año. Hay que solicitar su renovación del 10 al 20 de noviembre de cada año.
Explicación: La presentación de solicitudes de renovación se realizarán ante la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento.
Ley norma: OM 4-04-2000. Artículo 12 y Disposición adicional primera y tercera. Reglamento (CE) 1072/2009, 21-10-2009. Artículo 4.2.
Ley abreviada: OM 4-04-2000
Se realizan transportes internacionales al amparo de una licencia comunitaria. El transportista es de Portugal y realiza 6 viajes de transporte en los siete días siguientes a la descarga de la mercancía en España, sin que el vehículo vuelva durante este período a su país de matriculación (Portugal). ¿Faculta la licencia comunitaria a realizar este servicio? Razone la respuesta.
Solución: No, porque este transportista estaría incumpliendo la legislación de cabotaje. Se permite la realización, con un mismo vehículo, de un máximo de tres operaciones de transporte en territorio español consecutivas a un transporte internacional previo. La realización de tales operaciones deberá tener lugar, en todo caso, dentro de los siete días siguientes a la descarga de las mercancías en España con la que finalizó el transporte internacional precedente.
Explicación: El transporte de cabotaje es legal en la Unión Europea, pero también hay que conocer y cumplir las condiciones que impone la legislación para la realización de este tipo de transporte.
Ley norma: Reglamento (CE) 1072/2009, 21-10-2009. Artículo 8. Orden FOM/2181/2008, 22-07-2008. Artículo 1.
Ley abreviada: REGLAMENTO (CE) 1072/2009
Deja una respuesta