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Para continuar con la preparación del examen para obtener la Capacitación Profesional para el transporte nacional e internacional de viajeros por carretera, hoy os dejamos unos casos prácticos sobre el tema de Derecho Fiscal, casos que podéis complementar con las preguntas teóricas que ya dejamos sobre este tema.

Casos prácticos sobre Derecho Fiscal:

Practicada la liquidación del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) de acuerdo con los siguientes datos: IVA Repercutido IVA Soportado.

  • 1º trimestre, 630 euros, 880 euros
  • 2º trimestre, 852 euros, 563 euros
  • 3º trimestre, 786 euros, 631 euros
  • 4º trimestre, 564 euros, 421 euros ¿Cuál es la liquidación correspondiente al segundo trimestre?»

SOLUCIÓN: 39 euros.

EXPLICACIÓN:

  • 1 T: 630 – 880 = – 250 euros.
  • 2 T: 852 – 563 = +289 euros. -250 +289 = 39 euros.»

LEY NORMA: Ley 37/1992

LEY ABREVIADA: LEY 37/1992

La empresa Guadalajara Tours S A, ha pagado a SSG S A , empresa de transporte de viajeros, un total de 3.000 euros (sin IVA). ¿Qué cantidad debe aparecer en la factura en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)?»

SOLUCIÓN: 210 euros.

EXPLICACIÓN: 3.000 X 7% = 210 euros.

LEY NORMA: Ley 37/1992, 28-12-92 Artículo 91.

LEY ABREVIADA: LEY 37/1992

Si el precio a pagar por un usuario del autobús es de 10 euros (Impuesto sobre el Valor Añadido incluido). ¿Qué parte es en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido?»

SOLUCIÓN: 0,66 euros.

EXPLICACIÓN:

  • 10/ 1,07 = 9,34 euros (Base Imponible)
  • 10 – 9,34 = 0,66 euros.»

LEY NORMA: Ley 37/1992

LEY ABREVIADA: LEY 37/1992

La empresa Oviedo S A, se dedica al transporte regular de viajeros por carretera. ¿Cuál será la liquidación del Impuesto sobre Valor Añadido para el primer trimestre de acuerdo con los datos que se muestran a continuación?

IVA REPERCUTIDO IVA SOPORTADO

  • 1º trimestre 825 euros 540 euros
  • 2º trimestre 750 euros 620 euros
  • 3º trimestre 640 euros 560 euros
  • 4º trimestre 850 euros 820 euros»

SOLUCIÓN: 285 euros.

EXPLICACIÓN: 825 – 540 = 285 euros.

LEY NORMA: Ley 37/1992

LEY ABREVIADA: LEY 37/1992

¿Qué cantidad en concepto de I V A, en el sistema de módulos deberá pagar trimestralmente un transportista que tiene un vehículo de 36 plazas, sabiendo que paga por asiento 56,69 euros y por personal empleado 1.209,33 euros?

SOLUCIÓN: 162,51 euros.

EXPLICACIÓN:

  • 1.209,33 + (56,69 x 36) = 3.250,17
  • 3.250,17 x 5% = 162,51 euros.»

LEY NORMA: OM 30-3-07.

LEY ABREVIADA: OM 30-03-2007

Un transportista de viajeros, persona física, propietario de dos autocares de 23 plazas cada uno, con dos personas asalariadas ¿Cuánto tendrá que pagar de cuota trimestral de IVA sabiendo que paga por asiento 56,69 euros y por personal empleado 1.209,33 euros?

SOLUCIÓN: 311,79 euros.

EXPLICACIÓN:

  • 1.209,33 x 3,00 = 3.627,99
  • 56,69 x 46,00 = 2.607,74
  • 3.627,99 + 2.607,74 = 6.235,73
  • 6.235,73 x 5% = 311,79 euros.»

LEY NORMA: OM 30-3-07.

LEY ABREVIADA: OM 30-03-2007

La empresa Transportes Ávila, S L con un volumen de operaciones de 240.000 euros al año. ¿En qué régimen de IVA debe tributar?»

SOLUCIÓN: En el régimen general, como todas las sociedades.

LEY NORMA: Ley 37/1992

LEY ABREVIADA: LEY 37/1992

Practicada la liquidación del IVA de una empresa mercantil basándose en los siguientes datos:

IVA REPERCUTIDO IVA SOPORTADO

  • 1º trimestre 600 euros 900 euros
  • 2º trimestre 460 euros 210 euros
  • 3º trimestre 680 euros 400 euros
  • 4º trimestre 800 euros 360 euros La liquidación correspondiente al segundo trimestre sería de:»

SOLUCIÓN: – 50 euros, cantidad que quedaría a compensar para el tercer trimestre.

EXPLICACIÓN:

  • 1T: 600 – 900 = -300.
  • 2T: 460 – 210 = 250
  • -300 + 250 = -50 euros.»

LEY NORMA: Ley 37/1992

LEY ABREVIADA: LEY 37/1992

Se tienen los siguientes datos de una empresa que se encuentra en régimen general de I V A: Hay IVA a compensar del ejercicio anterior: 50 euros

IVA REPERCUTIDO IVA SOPORTADO

  • 1º trimestre, 450 euros 600 euros
  • 2º trimestre, 750 euros 400 euros
  • 3º trimestre, 500 euros 475 euros
  • 4º trimestre, 400 euros 480 euros

¿Qué cantidad de dinero habrá que pagar a la Administración de Hacienda en el segundo trimestre?»

SOLUCIÓN: 150 euros.

EXPLICACIÓN:

  • 1T: 450 -600 = -150.
  • 2T: 750 – 400 = 350.
  • -50 -150 + 350 = 150 euros.»

LEY NORMA: Ley 37/1992

LEY ABREVIADA: LEY 37/1992

Se tienen los siguientes datos de una empresa que se encuentra en régimen general de I V A: Hay IVA a compensar del ejercicio anterior: 50 euros

IVA REPERCUTIDO IVA SOPORTADO

  • 1º trimestre, 450 euros 600 euros
  • 2º trimestre, 750 euros 400 euros
  • 3º trimestre, 500 euros 475 euros
  • 4º trimestre, 400 euros 480 euros

¿Qué cantidad de dinero habrá que pagar a la Administración de Hacienda en el cuarto trimestre?»

SOLUCIÓN: 0 euros, la empresa tendrá 80 euros que puede solicitar su devolución o dejarlo a compensar para el ejercicio siguiente.

EXPLICACIÓN:

  • 1T: 450 -600 = -150.
  • 2T: 750 – 400 = 350.
  • -50 -150 + 350 = 150 euros..
  • 3T: 500 -475 = 25.
  • 4T: 400 – 480 = -80 euros.»

LEY NORMA: Ley 37/1992

LEY ABREVIADA: LEY 37/1992

Practicada la liquidación del I V A de una empresa mercantil en base siguientes datos:

IVA REPERCUTIDO IVA SOPORTADO

  • 1º trimestre 600 euros 900 euros
  • 2º trimestre 460 euros 210 euros
  • 3º trimestre 680 euros 400 euros
  • 4º trimestre 800 euros 360 euros La liquidación correspondiente al tercer trimestre sería de:»

SOLUCIÓN: 230 euros a ingresar.

EXPLICACIÓN:

  • 1T: 600 – 900 = -300.
  • 2T: 460 – 210 = 250.
  • 3T: 680 – 400 = 280.
  • -300 + 250 + 280 = 230 euros.»

LEY NORMA: Ley 37/1992

LEY ABREVIADA: LEY 37/1992

¿Qué cantidad en concepto de IVA, en el sistema del régimen simplificado del IVA, deberá pagar trimestralmente un transportista empresario individual que tiene, además de él mismo, dos personas asalariadas trabajando y tres autocares con un total de 90 plazas, sabiendo que paga por asiento 56,69 euros y por personal empleado 1.209,33 euros?

SOLUCIÓN: 436,50 euros.

EXPLICACIÓN:

  • 1.209,33 x 3 = 3.627,99
  • 56,69 x 90 = 5.102,10.
  • 3.627,99 + 5.102,10 = 8.730,09.
  • 8.730,09 x 5% = 436,50 euros»

LEY NORMA: OM 30-3-07.

LEY ABREVIADA: OM 30-03-2007

Cuál será la cuota a pagar en la liquidación del último trimestre del año en concepto de IVA por el régimen simplificado sabiendo los siguientes datos:

  • 1- cuota derivada del régimen simplificado: 18.000 euros.
  • 2- ingresos trimestrales realizados: 8.200 euros.»

SOLUCIÓN: 9.800 euros, resultantes de la diferencia entre la cuota anual a pagar y los pagos trimestrales realizados.

EXPLICACIÓN: 18.000 – 8.200 = 9.800

LEY NORMA: OM 30-03-07.

LEY ABREVIADA: OM 30-03-2007

En una empresa de transporte de viajeros por carretera, calcular la cuota anual en el régimen simplificado del IVA sabiendo los siguientes datos:

  • 1- IVA repercutido por operaciones corrientes: 30.000 euros
  • 2- IVA soportado por operaciones corrientes: 24.000 euros»

SOLUCIÓN: 5.700 euros.

EXPLICACIÓN:

  • 30.000 – 24.000 – 1% sobre los 30.000 como gastos de difícil justificación = 5.700,
  • 30.000 x 3 % = 900″

LEY NORMA: OM 30-03-07.

LEY ABREVIADA: OM 30-03-2007

Calcular el dinero que tendrá que pagar a Hacienda en el tercer trimestre del ejercicio un empresario transportista que se encuentra en el régimen general del IVA conociendo los siguientes datos: IVA A COMPENSAR DE EJERCICIOS ANTERIORES: 325 euros

IVA REPERCUTIDO IVA SOPORTADO

  • 1º trimestre 250 euros 500 euros
  • 2º trimestre 948 euros 480 euros
  • 3º trimestre 325 euros 240 euros
  • 4º trimestre 100 euros 20 euros»

SOLUCIÓN: 0 euros, tendremos un IVA a compensar para el 4º Trimestre de 22 euros.

EXPLICACIÓN:

  • 1T: 250 – 500 = -250.
  • 2T: 948 – 480 = 468.
  • 3T: 325 – 240 = 85.
  • -325 -250 +468 +85 = -22 euros.»

LEY NORMA: Ley 37/1992

LEY ABREVIADA: LEY 37/1992

La empresa Cádiz S A, dedicada al transporte de mercancías y además al transporte de viajeros tiene que realizar el pago trimestral a Hacienda del IVA, calcular la cuota de IVA repercutido sabiendo que ha facturado en el trimestre 60.000 euros IVA excluido y que un 20% de la facturación corresponde a la actividad de transporte de viajeros.

SOLUCIÓN: 8.520 euros.

EXPLICACIÓN:

  • 12.000 al 7% transporte viajeros = 840,
  • 48.000 al 16% transporte mercancías = 7.680
  • 840 + 7.680 = 8.520 euros.»

LEY NORMA: Ley 37/1992

LEY ABREVIADA: LEY 37/1992