Buenas noticias para las empresas de transporte que se dedican al transporte en vehí­culos frigorí­ficos porque Hacienda permite que utilicen en sus equipos de producción de frí­o gasóleo bonificado, aunque con ciertas limitaciones.

La Dirección General de Tributos ha aclarado los supuestos de utilización del gasóleo bonificado en los equipos de producción de frí­o en los vehí­culos frigorí­ficos, que hasta ahora estaban un poco confusos, y para que puedan utilizar el gasóleo bonificado en los equipos de producción de frí­o que llevan incorporados los camiones frigorí­ficos y semirremolques frigorí­ficos arrastrados por camiones, será necesario que el vehí­culo de transporte disponga de un depósito de carburante diferenciado.

Según una resulución de la Dirección general de Tributos del Ministerio de Hacienda dictada el pasado 19 de septiembre se establece que sólo podrá utilizarse gasóleo bonificado en el motor de un equipo de frí­o de un vehí­culo de transporte “en la medida en que el depósito de carburante de que se alimenta se destine exclusivamente a este fin y no se emplee también para alimentar el motor de propulsión del camión frigorí­fico”. En los demás supuestos, se deberá utilizar el gasóleo de automoción ( gasóleo A) para los equipos de producción de frí­o por no disponer de un depósito de carburante diferenciado.