A partir del próximo año los transportistas que se dedican al transporte de viajeros por carretera tendrán que cambiar su libro de reclamaciones.

Tanto los autobuses como los taxis y las empresas de arrendamiento de vehí­culos con conductor están obligadas a tener un libro de reclamaciones en el que los usuarios pueden hacer constar sus quejas para que sean conocidas por la Administración, y a partir del 20 de enero del 2012 en ellos se debe incluir una nueva cláusula de protección de datos.

En el caso de que las empresas de transporte estén utilizando un libro de reclamaciones que se haya editado con anterioridad lo podrán seguir utilizando siempre y cuando añadan la nueva cláusula.

La nueva cláusula que deben incluir los libreos de reclamaciones de los transportistas dedicados al transporte de viajeros por carretera es la siguiente:

“Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero de la entidad titular de este libro de reclamaciones (razón social de la empresa); el responsable del fichero es (persona u órgano encargado del fichero y datos de contacto). El interesado autoriza la cesión de los datos personales al órgano de la Administración Pública que sea competente para la resolución de esta reclamación. Sin perjuicio de lo anterior, estos datos no se cederán sin su consentimiento, salvo en los supuestos previstos en la Ley. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrá interponerlos ante el responsable del fichero. Todo ello se informa en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.”