Son muchas las dudas que han existido sobre la necesidad de tener que acreditar o no la posesión del CAP (Certificado de Aptitud Profesional) de los transportistas españoles en Francia, y por este motivo desde el Ministerio de Fomento se han querido aclarar las dudas a este respecto.

Según la aclaración emitida por Francisco Espinosa, Director General de Transporte Terrestre hasta el pasado 3 de diciembre, los transportistas españoles que obtubieron su permiso profesional antes de septiembre del 2009 no tienen que acreditar la posesión del CAP y sólo es necesario que lleven su permiso de conducir. Concretamente en la nota emitida por el Director de Transporte Terrestre, se dice lo siguiente:

En relación con su escrito de fecha 11 de Noviembre, en el que manifiesta que por parte de las autoridades francesas se exige un certificado de exención de cualificación inicial para la conducción de vehículos pesados, se pone en su conocimiento que, puestos en contacto con las autoridades francesas, manifiestan que a los conductores extranjeros, únicamente se les exige el permiso de conducir para ver si es necesario que cumplan o no el requisito de cualificación inicial exigido por la Dª 2003/09.

Por tanto no les exigen certificado alguno, sino únicamente el permiso de conducir. Si éste está expedido con posterioridad al día 10 de Septiembre de 2009 (en el caso de conductores de mercancías) es entonces cuando exigen al conductor la tarjeta de cualificación inicial.