iva

Con la llegada del nuevo año también llegó el plazo para que los transportistas españoles que soporten IVA en los demás países de la Unión Europea soliciten su devolución en España.

El pasado mes de diciembre de 2009, el Ministerio de Economía y Hacienda aprobó mediante una Resolución la adaptación al ámbito español de la Directiva europea 2008/9/CE, que establece diversas modificaciones referidas a dicho impuesto a fin de reducir las cargas administrativas para los empresarios o profesionales.

Gracias a estas modificaciones el nuevo sistema de devolución será mucho más sencillo, está basado en un sistema de ventanilla única, que ya no obliga a pedir la devolución del IVA en cada Estado miembro donde se había generado, sino que las solicitudes de devolución se presentarán a la Agencia Tributaria Española, que será la encargada de remitirla los estados miembros de la Unión Europea en los que el transportista haya tenido que soportar el IVA. Además tampoco será necesario personarse en ningún organismo porque toda la tramitación de solicitud de devolución se debe llevar a cabo en formato electrónico a través de internet.

Los plazos de presentación de las solicitudes siguen siendo los mismos pero se reduce el plazo de devolución ya que el nuevo plazo máximo es de 4 meses desde la presentación.
Fuente: Fenadismer