Preguntas CAP específicas de mercancías sobre Conducción Racional (5ª parte)
Hoy os dejamos algunas preguntas de examen del CAP (Certificado de Aptitud Profesional, estas preguntas son específicas para quienes se estén preprarando para obtener el CAP en la especialidad de transporte de mercancías.
Las preguntas que hoy os dejamos son sobre el tema de Conducción Racional, que corresponde con el Objetivo 1 del CAP.
Preguntas del CAP comunes de mercancías sobre Conducción Racional:
Si después de la carga de una mercancía peligrosa no ha recibido la carta de porte y las instrucciones escritas, ¿qué debe hacer el conductor?
- Rechazar el porte.
- Pedirlas o comprobar que están a bordo.
- Realizarlas el mismo.
- Realizar el porte y señalizar esta situación.
RESPUESTA: B
NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.4.2.2.1
Después de la carga de una mercancía peligrosa, ¿quién debe hacer un examen del vehículo y comprobar que todos los elementos de llenado, vaciado y seguridad están en las debidas condiciones para iniciar la marcha?
- El conductor.
- El expedidor.
- El cargador.
- El transportista.
RESPUESTA: A
NORMA: RD 551/2006 Art. 34
En un transporte de mercancías peligrosas, ¿quién tiene la obligación de elegir y marcar los envases?
- El transportista.
- El expedidor.
- El cargador.
- El conductor.
RESPUESTA: B
NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.4.2.1.1
En un transporte de mercancías peligrosas, ¿quién es el responsable administrativo del cumplimiento de la normativa durante el transporte?
- El expedidor.
- El cargador.
- El transportista.
- El conductor.
RESPUESTA: C
NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.4.2.1.1
En un transporte de mercancías peligrosas, ¿quién es el responsable del cumplimiento de la normativa durante la carga?
- El cargador.
- El conductor.
- El transportista.
- El expedidor.
RESPUESTA: A
NORMA: RD 551/2006 Art. 2
En un transporte de mercancías peligrosas, ¿quién emite la carta de porte en vacío?
- El expedidor.
- El descargador.
- El transportista.
- El cargador.
RESPUESTA: B
NORMA: RD 551/2006 Art. 35
En un contenedor de mercancías peligrosas, un defecto importante puede ser un hundimiento o plegado en un elemento estructural que tenga más de:
- 19 mm de profundidad.
- 25 mm de profundidad.
- 30 mm de profundidad.
- 36 mm de profundidad.
RESPUESTA: A
NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.1.4
Algunas materias de las Clases 4.1 y 5.2 no pueden transportarse en cantidad superior a:
- 15.000 kg por unidad de transporte.
- 25.000 kg por unidad de transporte.
- 20.000 kg por unidad de transporte.
- 30.000 kg por unidad de transporte.
RESPUESTA: C
NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.5.5.3
El embalaje especial en el que se colocan bultos de mercancías peligrosas que hubieran resultado dañados, presenten defectos o produzcan fugas se llama:
- embalaje combinado.
- reembalaje.
- embalaje de socorro.
- embalaje exterior.
RESPUESTA: C
NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.2.1
¿Qué se entiende por sobreembalaje en el ADR?
- Embalaje especial en el que se colocan bultos de mercancías peligrosas que hubieran resultado dañados.
- Embalaje exterior que proporciona igual protección que una caja.
- Envoltura utilizada para contener uno o varios bultos y lograr hacer de ellos una unidad más fácil de manejo y estiba.
- Combinación de uno o varios envases interiores anclados en un embalaje exterior común preparado para el transporte.
RESPUESTA: C
NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.2.1
El conductor o algún miembro de la tripulación, ¿puede abrir un bulto que contenga mercancías peligrosas?
- Sí.
- No.
- Sólo si tiene el certificado ADR para esa mercancía.
- Sólo para comprobar que el contenido es correcto.
RESPUESTA: B
NORMA: Acuerdo ADR 2011 8.3.3
Según el ADR, ¿cómo deben transportarse los recipientes a presión con capacidad inferior a 150 litros?
- Tumbados en sentido longitudinal o transversal.
- Verticales y atados entre sí.
- En dispositivos adecuados que los protejan.
- Las tres respuestas anteriores son correctas.
RESPUESTA: A
NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.5.11
Si las mercancías peligrosas se encuentran en contenedores cerrados y de paredes macizas, ¿se les aplicarán las prohibiciones de carga en común en un mismo vehículo?
- Sí.
- Sólo a los que contengan mercancías con números ONU 2112, 2115 o 3135.
- No.
- Sólo en transportes internacionales.
RESPUESTA: C
NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.5.2.3
Un transporte de embalajes vacíos que lleven adheridas etiquetas de los números 6.1, ¿se puede realizar junto con bultos que contengan productos alimenticios?
- En general está prohibido.
- Si los embalajes están vacíos no hay ningún problema.
- Sólo en transportes urbanos.
- Sí, pero sólo en transportes descubiertos que tengan buena ventilación.
RESPUESTA: A
NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.5.4
Un transporte conjunto de mercancías peligrosas y mercancías de consumo humano no se podrá realizar si se separan las mercancías:
- recubriendo los distintos bultos con lonas.
- mediante tabiques de paredes macizas.
- por bultos que contengan mercancías distintas a las prohibidas.
- dejando un espacio de 0,8 m como mínimo.
RESPUESTA: A
NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.5.4
El cargador, ¿es responsable de la formación del personal que efectúa la carga del vehículo?
- No.
- Sí.
- Sólo de su inmediato subordinado.
- Sólo está obligado a instruirles en las características de peligrosidad de las mercancías.
RESPUESTA: B
NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.3.1
El cargador tiene que comprobar el certificado ADR de aprobación que autorice a realizar el transporte en un vehículo cisterna de capacidad superior a:
- 2.000 litros.
- 1.000 litros.
- 3.000 litros.
- 3.500 litros.
RESPUESTA: B
NORMA: RD 551/2006 Art. 26
El cargador tiene que comprobar el certificado ADR de aprobación que autorice a realizar el transporte en un vehículo destinado al transporte de contenedores cisterna con una capacidad superior a:
- 3.000 litros.
- 2.000 litros.
- 3.500 litros.
- 4.000 litros.
RESPUESTA: A
NORMA: Acuerdo ADR 2011 9.1.1.2
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