Hoy os dejamos algunas preguntas de examen del CAP (Certificado de Aptitud Profesional, estas preguntas son especí­ficas para quienes se estén preprarando para obtener el CAP en la especialidad de transporte de mercancí­as.

Las preguntas que hoy os dejamos son sobre el tema de Conducción Racional, que corresponde con el Objetivo 1 del CAP.

Preguntas del CAP comunes de mercancí­as sobre Conducción Racional:

Si después de la carga de una mercancí­a peligrosa no ha recibido la carta de porte y las instrucciones escritas, ¿qué debe hacer el conductor?

  • Rechazar el porte.
  • Pedirlas o comprobar que están a bordo.
  • Realizarlas el mismo.
  • Realizar el porte y señalizar esta situación.

RESPUESTA: B

NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.4.2.2.1

Después de la carga de una mercancí­a peligrosa, ¿quién debe hacer un examen del vehí­culo y comprobar que todos los elementos de llenado, vaciado y seguridad están en las debidas condiciones para iniciar la marcha?

  • El conductor.
  • El expedidor.
  • El cargador.
  • El transportista.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 551/2006 Art. 34

En un transporte de mercancí­as peligrosas, ¿quién tiene la obligación de elegir y marcar los envases?

  • El transportista.
  • El expedidor.
  • El cargador.
  • El conductor.

RESPUESTA: B

NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.4.2.1.1

En un transporte de mercancí­as peligrosas, ¿quién es el responsable administrativo del cumplimiento de la normativa durante el transporte?

  • El expedidor.
  • El cargador.
  • El transportista.
  • El conductor.

RESPUESTA: C

NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.4.2.1.1

En un transporte de mercancí­as peligrosas, ¿quién es el responsable del cumplimiento de la normativa durante la carga?

  • El cargador.
  • El conductor.
  • El transportista.
  • El expedidor.

RESPUESTA: A

NORMA: RD 551/2006 Art. 2

En un transporte de mercancí­as peligrosas, ¿quién emite la carta de porte en vací­o?

  • El expedidor.
  • El descargador.
  • El transportista.
  • El cargador.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 551/2006 Art. 35

En un contenedor de mercancí­as peligrosas, un defecto importante puede ser un hundimiento o plegado en un elemento estructural que tenga más de:

  • 19 mm de profundidad.
  • 25 mm de profundidad.
  • 30 mm de profundidad.
  • 36 mm de profundidad.

RESPUESTA: A

NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.1.4

Algunas materias de las Clases 4.1 y 5.2 no pueden transportarse en cantidad superior a:

  • 15.000 kg por unidad de transporte.
  • 25.000 kg por unidad de transporte.
  • 20.000 kg por unidad de transporte.
  • 30.000 kg por unidad de transporte.

RESPUESTA: C

NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.5.5.3

El embalaje especial en el que se colocan bultos de mercancí­as peligrosas que hubieran resultado dañados, presenten defectos o produzcan fugas se llama:

  • embalaje combinado.
  • reembalaje.
  • embalaje de socorro.
  • embalaje exterior.

RESPUESTA: C

NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.2.1

¿Qué se entiende por sobreembalaje en el ADR?

  • Embalaje especial en el que se colocan bultos de mercancí­as peligrosas que hubieran resultado dañados.
  • Embalaje exterior que proporciona igual protección que una caja.
  • Envoltura utilizada para contener uno o varios bultos y lograr hacer de ellos una unidad más fácil de manejo y estiba.
  • Combinación de uno o varios envases interiores anclados en un embalaje exterior común preparado para el transporte.

RESPUESTA: C

NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.2.1

El conductor o algún miembro de la tripulación, ¿puede abrir un bulto que contenga mercancí­as peligrosas?

  • Sí­.
  • No.
  • Sólo si tiene el certificado ADR para esa mercancí­a.
  • Sólo para comprobar que el contenido es correcto.

RESPUESTA: B

NORMA: Acuerdo ADR 2011 8.3.3

Según el ADR, ¿cómo deben transportarse los recipientes a presión con capacidad inferior a 150 litros?

  • Tumbados en sentido longitudinal o transversal.
  • Verticales y atados entre sí­.
  • En dispositivos adecuados que los protejan.
  • Las tres respuestas anteriores son correctas.

RESPUESTA: A

NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.5.11

Si las mercancí­as peligrosas se encuentran en contenedores cerrados y de paredes macizas, ¿se les aplicarán las prohibiciones de carga en común en un mismo vehí­culo?

  • Sí­.
  • Sólo a los que contengan mercancí­as con números ONU 2112, 2115 o 3135.
  • No.
  • Sólo en transportes internacionales.

RESPUESTA: C

NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.5.2.3

Un transporte de embalajes vací­os que lleven adheridas etiquetas de los números 6.1, ¿se puede realizar junto con bultos que contengan productos alimenticios?

  • En general está prohibido.
  • Si los embalajes están vací­os no hay ningún problema.
  • Sólo en transportes urbanos.
  • Sí­, pero sólo en transportes descubiertos que tengan buena ventilación.

RESPUESTA: A

NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.5.4

Un transporte conjunto de mercancí­as peligrosas y mercancí­as de consumo humano no se podrá realizar si se separan las mercancí­as:

  • recubriendo los distintos bultos con lonas.
  • mediante tabiques de paredes macizas.
  • por bultos que contengan mercancí­as distintas a las prohibidas.
  • dejando un espacio de 0,8 m como mí­nimo.

RESPUESTA: A

NORMA: Acuerdo ADR 2011 7.5.4

El cargador, ¿es responsable de la formación del personal que efectúa la carga del vehí­culo?

  • No.
  • Sí­.
  • Sólo de su inmediato subordinado.
  • Sólo está obligado a instruirles en las caracterí­sticas de peligrosidad de las mercancí­as.

RESPUESTA: B

NORMA: Acuerdo ADR 2011 1.3.1

El cargador tiene que comprobar el certificado ADR de aprobación que autorice a realizar el transporte en un vehí­culo cisterna de capacidad superior a:

  • 2.000 litros.
  • 1.000 litros.
  • 3.000 litros.
  • 3.500 litros.

RESPUESTA: B

NORMA: RD 551/2006 Art. 26

El cargador tiene que comprobar el certificado ADR de aprobación que autorice a realizar el transporte en un vehí­culo destinado al transporte de contenedores cisterna con una capacidad superior a:

  • 3.000 litros.
  • 2.000 litros.
  • 3.500 litros.
  • 4.000 litros.

RESPUESTA: A

NORMA: Acuerdo ADR 2011 9.1.1.2