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Uno de los temas que hay que dominar para la obtención de la Capacitación Profesional para poder ejercer el transporte de mercancí­as por carretera es «El acceso al Mercado», por este motivo hoy te dejamos unas preguntas de examen sobre este tema.

Algunas preguntas sobre El acceso al mercado:

Las sociedades anónimas, ¿Pueden obtener el reconocimiento de la capacitación profesional ellas mismas, a su propio nombre?:

  • 1. Sí­, siempre en las mismas condiciones en que pueden ser titulares de tarjetas de transporte.
  • 2. No, en ningún caso.
  • 3. Sí­, cuando su administrador único, tenga reconocida la capacitación profesional.
  • 4. Sí­, si todos los apoderados cumplen dicho requisito.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 12.

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

El plazo que se concede para cumplir el requisito de capacitación profesional, en el supuesto de transmisión de las autorizaciones de transporte público a los herederos forzosos es:

  • 1. Un año, prorrogable por seis meses más.
  • 2. Un año, prorrogable por tres meses más.
  • 3. Dos años.
  • 4. Tres años.

RESPUESTA: A

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 27.

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

¿Es exigible la capacitación profesional para realizar transporte privado complementario en un vehí­culo de 24 toneladas de MMA (masa máxima autorizada)?:

  • 1. Sí­, en todos los casos.
  • 2. Sí­, pero únicamente si la autorización tiene ámbito nacional.
  • 3. Sólo para el caso que facturen los portes.
  • 4. No, no es exigible.

RESPUESTA: D

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 30.

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

¿Qué extranjeros pueden ejercer el transporte público en España?:

  • 1. Únicamente las personas de otro paí­s de la Comunidad Económica Europea.
  • 2. Pueden ejercerlo personas que no sean españolas si existe un Tratado o Convenio Internacional suscrito por España en el que se les reconozca este derecho en régimen de reciprocidad.
  • 3. Ninguno.
  • 4. Cualquier persona que tenga un establecimiento comercial abierto en España y cotice por el impuesto de actividades económicas.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 10.b

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

Para obtener la capacitación profesional es preciso:

  • 1. Tener titulación universitaria.
  • 2. Haber cursado al menos la E.G.B. o los estudios primarios.
  • 3. Estar en posesión de un certificado de escolaridad.
  • 4. No es imprescindible formación académica alguna.

RESPUESTA: D

¿Cuál es la condena mí­nima para perder el requisito de la honorabilidad?:

  • 1. Ser condenado por sentencia firme, por cualquier delito doloso castigado con pena igual o superior a 3 años.
  • 2. Ser condenado por sentencia firme, por delito doloso castigado con pena igual o superior a 6 meses.
  • 3. Ser condenado por sentencia firme, por delito doloso castigado con pena inferior a 1 año.
  • 4. Ser condenado por sentencia firme, por delito doloso castigado con pena superior a 5 años.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 13.

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

El titular de una empresa de transporte, ¿Debe cumplir el requisito de honorabilidad, en el caso de que sea otra persona la que aporte la capacitación profesional?:

  • 1. No, es suficiente con que lo cumpla el director gerente.
  • 2. Sí­, ambos deben cumplirlo.
  • 3. Sí­, el titular debe cumplirlo, pero no es necesario que lo cumpla quien aporte la capacitación profesional.
  • 4. Ninguna de las anteriores es correcta.

SOL RESPUESTA: B

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 13.

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

El incumplimiento muy grave y reiterado de las normas fiscales, laborales y de Seguridad Social, ¿Tiene alguna transcendencia respecto al requisito de honorabilidad?:

  • 1. No, no tiene ninguna transcendencia.
  • 2. Sí­, pero únicamente para las personas jurí­dicas.
  • 3. Sí­, pueden suponer la pérdida de dicho requisito.
  • 4. Sólo se puede perder el requisito de honorabilidad por el incumplimiento de obligaciones previstas en la LOTT (Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y ROTT (Reglamento para el desarrollo de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre).

RESPUESTA: C

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 13.d

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

La imposición de sanciones en materia de medio ambiente y seguridad vial, ¿Puede implicar la pérdida del requisito de honorabilidad?:

  • 1. Sí­, cuando se refieran a exceso de velocidad y carencia de tacógrafo.
  • 2. Sí­, cuando se refieran a estacionamiento inadecuado.
  • 3. No, a estos efectos sólo se computan las infracciones en materia de transporte.
  • 4. Sí­, cuando sean incumplimientos muy graves y reiterados.

RESPUESTA: D

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 13.d

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

¿Es imprescindible poseer la capacitación profesional para continuar la actividad de transporte público en el caso de un hijo que suceda al padre por incapacidad de éste?:

  • 1. Sí­, en todo caso y desde el mismo dí­a de la sucesión al frente de la empresa.
  • 2. No, pero debe cumplirlo en el plazo de un año, prorrogable por seis meses más.
  • 3. No, no se exige en ningún caso.
  • 4. No, pero debe cumplirlo en el plazo improrrogable de dos años.

RESPUESTA: B

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 27.

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

El cumplimiento de la capacitación profesional se acredita:

  • 1. Mediante el documento expedido por la Administración de transporte competente.
  • 2. Mediante la autorización de transportes expedida a su titular.
  • 3. Mediante un tí­tulo expedido por las Asociaciones de Transportistas autorizados para ello.
  • 4. Mediante el carnet de transportista.

RESPUESTA: A

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 12

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

El incumplimiento de las obligaciones fiscales por parte del empresario transportista, ¿Podrí­a acarrear la pérdida de la capacitación profesional?:

  • 1. Sí­, cuando se trate de un incumplimiento grave y reiterado
  • 2. Sí­, en todos los casos.
  • 3. No, dicho incumplimiento sólo afecta al requisito de honorabilidad.
  • 4. Sólo se pierde por el incumplimiento de obligaciones laborales y sociales.

RESPUESTA: C

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 13.

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

El incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales por parte de empresario transportista, ¿Podrí­a acarrear la pérdida de la capacitación profesional?:

  • 1. Sí­, cuando se trate de un incumplimiento grave y reiterado.
  • 2. Sí­, en todos los casos.
  • 3. La pérdida de la capacitación profesional sólo se pierde por el incumplimiento muy grave y reiterado de las normas de transporte.
  • 4. No, dicho incumplimiento sólo afecta al requisito de honorabilidad.

RESPUESTA: D

LEY NORMA: OM 20-3-07. Artí­culo 13.

LEY ABREVIADA: OM 20-3-2007

Fuente: Ministerio de Fomento