El Consejo de Ministros ha autorizado un acuerdo mediante el cual el permiso de conducir será válido entre España y Serbia, es decir los permisos de conducir tendrán un reconocimiento recí­proco entre ambos paí­ses.

De esta forma si el titular de un permiso de conducir translada su redidencia legal de un paí­s a otro podrá conducir los vehí­culos que le correspondan a sus permisos de conducción sin necesidad de tener que superar ningún tipo de prueba siempre que tenga la edad mí­nima para conducir en el nuevo paí­s de residencia.

Los conductores con permisos C1, C1+E, D y D+E son la excepción a este acuerdo de reciprociedad en los permisos ya que ellos si tendrán la obligación de realizar tanto una prueba teórica, para demostrar sus conocimientos como, un prueba práctica circulando por ví­as abiertas al tráfico conduciendo el vehí­culo adecuado para cada tipo de permiso, de este modo también demostrarán su habilidad al volante.

Fuente: Sector Digital